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viernes, 13 de marzo de 2020

Comite de Crisis

EL MINISTERIO DE TRANSPORTE CREÓ UN COMITÉ DE CRISIS Y ESTABLECIÓ MEDIDAS DE PREVENCIÓN POR CORONAVIRUS
BUENOS AIRES 13 Mar(Ministerio de Transporte Prensa).-   En el marco de la actual emergencia que vive el país y teniendo en cuenta las últimas disposiciones del Gobierno Nacional, se dictó una resolución ministerial que indica la creación de tres comisiones: “Comité de Crisis Prevención Covid-19”, que incluye una comisión para transporte ferroviario, otra para automotor (ambas dependientes de CRNT) y una tercera para transporte fluvial, marítimo y lacustre (dependientes de la Subsecretaría de Puertos Vías Navegables y Marino Mercante).

Sus funciones constarán en la realización de difusión masiva con el objeto de incentivar la consulta temprana cuando los ciudadanos presenten síntomas; brindar conocimiento sobre las principales medidas de prevención a los usuarios; capacitar a los trabajadores que puedan tener relación con un caso positivo; solicitar la colaboración de los prestadores para propiciar la detección y manejo de los casos y coordinar con instituciones locales públicas o privadas para la asistencia.

El aplicativo del Ministerio de Transporte también dicta que los operadores de transporte automotor, ferroviario, marítimo, lacustre y fluvial tienen que incrementar las condiciones esenciales de higiene. En relación con instalaciones fijas, terminales de ómnibus, ferroviarias, ferro automotor y portuarias. Lo mismo en terminales cabeceras en jurisdicción nacional. Se le requiere a operadores de transporte de carga que implementen medidas de prevención y cuidado del personal.

Además, establece qué operadores, concesionarios y prestatarios tienen que difundir cartelería e información que brinde el Ministerio de Salud, siendo obligatorio e inmediato el cumplimiento que disponga el mismo. En casos de unidades que cuenten con equipos audiovisuales, al inicio de cada tramo el viaje tiene que difundir el video o grabación que brinde la CRNT o la Subsecretaría de Puertos, Vías Navegables y Marino Mercante. Los sujetos comprendidos están encargados de colocar y suministrar alcohol en gel y/o cualquier insumo que recomiende el Ministerio de Salud.

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