Reclaman en la Justicia la recuperación de terrenos ocupados del ferrocarril
GUALEGUAY Entre Rios 30 nov(Diario Junio).-Un organismo público reclamó en la justicia la devolución de terrenos en zona de vías en el departamento Gualeguay que habrían sido ocupados indebidamente por empresas y particulares. El planteo fue rechazado por una cuestión de formas: no es que le falte razón a la Administración de Infraestructuras Ferroviarias, sino que debió promover un juicio de desalojo ordinario en lugar de una acción rápida. El Estado presentó una demanda por la usurpación de terrenos ubicados en la zona de vías del ferrocarril que, según las constancias, se encuentran ocupadas indebidamente por empresas y particulares. La Administración de Infraestructuras Ferroviarias SE exigió el desalojo de los terrenos y su restitución al Estado.Los terrenos en cuestión están ubicados en una zona de vías en el departamento Gualeguay, entre las Estaciones Gualeguay y Enrique Carbó, perteneciente a la ex línea Urquiza del ferrocarril.El organismo público consignó en la presentación que tramita ante el Juzgado Federal de Paraná, y que lleva adelante el fiscal federal de Victoria, que los intrusos “no tienen título legal alguno para fundar la ocupación del inmueble” y “han sido debidamente notificados de tal circunstancia con la consiguiente oportunidad de restituir voluntariamente el bien”.Los apuntados en la presentación son Inprocil SA –una empresa que fabrica cilindros para GNC–, El Rodeo SRL –dedicada a la cría de ganado–, Luis Arias, Ernesto Demarchi, José Jucelli, el Club Bancarios y Cediner-Aveguay, o cualquier intruso, ocupante, arrendatario, subarrendatario o tenedor de esos terrenos.En la presentación efectuada por la Administración de Infraestructuras Ferroviarias se hizo hincapié en que “los inmuebles que se pretenden desalojar se encuentran afectados a la actividad ferroviaria, la cual ha sido declarada de interés público nacional”.El reclamo, sin embargo, fue rechazado por cuestiones formales, tanto por el juez de primera instancia como por la Cámara Federal de Apelaciones. ¿Por qué? Porque el Estado equivocó el camino para exigir la devolución de los terrenos.En su presentación, el organismo público exigió “sin más el mandamiento de lanzamiento contra los intrusos y/o cualquier ocupante”, es decir, una vía rápida para la restitución de los terrenos.Se trata de una figura prevista en la ley de restitución de inmuebles del Estado cedidos en concesión, que data de 1966, que autoriza el desalojo tras el vencimiento de una relación contractual y también en el caso de cualquier otro ocupante ilegítimo de predios de dominio público, según la consideración del organismo.Pero tanto el juez como el tribunal difirieron de ese criterio. Es que la propia ley establece que “en los casos en que se hubiere otorgado la concesión de inmuebles de propiedad del Estado (…) para el desarrollo de actividades lucrativas o prestación de servicios de esta índole o cualquier otra actividad u objeto, una vez vencido el plazo pactado o declarada su rescisión por la autoridad administrativa, el concesionario deberá restituir los bienes dentro del término de diez días corridos” y, en caso contrario, la autoridad competente, en este caso la Administración de Infraestructuras Ferroviarias, “podrá requerir a la Justicia el inmediato desalojo”.El asunto es que, en este caso, no existe “un título jurídico válido, que perdió vigencia por vencimiento de plazo o rescisión”, como lo establece la ley que invoca el Estado. Para ser más claros, la Cámara Federal –siguiendo la postura del juez–, señaló que “según constancias arrimadas a la causa por la parte actora (el Estado), y conforme surge de sus dichos, la ocupación por los demandados, de los terrenos ferroviarios en cuestión, no se originó en un título habilitante, por ello el caso no puede ser encuadrado en el supuesto contemplado en la ley de lanzamiento” y agregó que no corresponde la aplicación de la ley de lanzamiento “a situaciones de ocupación ilegítima originadas en conductas de hecho de particulares”, es decir, la intrusión de terrenos.Entonces, el organismo público debió promover una acción de desalojo ordinario.
GUALEGUAY Entre Rios 30 nov(Diario Junio).-Un organismo público reclamó en la justicia la devolución de terrenos en zona de vías en el departamento Gualeguay que habrían sido ocupados indebidamente por empresas y particulares. El planteo fue rechazado por una cuestión de formas: no es que le falte razón a la Administración de Infraestructuras Ferroviarias, sino que debió promover un juicio de desalojo ordinario en lugar de una acción rápida. El Estado presentó una demanda por la usurpación de terrenos ubicados en la zona de vías del ferrocarril que, según las constancias, se encuentran ocupadas indebidamente por empresas y particulares. La Administración de Infraestructuras Ferroviarias SE exigió el desalojo de los terrenos y su restitución al Estado.Los terrenos en cuestión están ubicados en una zona de vías en el departamento Gualeguay, entre las Estaciones Gualeguay y Enrique Carbó, perteneciente a la ex línea Urquiza del ferrocarril.El organismo público consignó en la presentación que tramita ante el Juzgado Federal de Paraná, y que lleva adelante el fiscal federal de Victoria, que los intrusos “no tienen título legal alguno para fundar la ocupación del inmueble” y “han sido debidamente notificados de tal circunstancia con la consiguiente oportunidad de restituir voluntariamente el bien”.Los apuntados en la presentación son Inprocil SA –una empresa que fabrica cilindros para GNC–, El Rodeo SRL –dedicada a la cría de ganado–, Luis Arias, Ernesto Demarchi, José Jucelli, el Club Bancarios y Cediner-Aveguay, o cualquier intruso, ocupante, arrendatario, subarrendatario o tenedor de esos terrenos.En la presentación efectuada por la Administración de Infraestructuras Ferroviarias se hizo hincapié en que “los inmuebles que se pretenden desalojar se encuentran afectados a la actividad ferroviaria, la cual ha sido declarada de interés público nacional”.El reclamo, sin embargo, fue rechazado por cuestiones formales, tanto por el juez de primera instancia como por la Cámara Federal de Apelaciones. ¿Por qué? Porque el Estado equivocó el camino para exigir la devolución de los terrenos.En su presentación, el organismo público exigió “sin más el mandamiento de lanzamiento contra los intrusos y/o cualquier ocupante”, es decir, una vía rápida para la restitución de los terrenos.Se trata de una figura prevista en la ley de restitución de inmuebles del Estado cedidos en concesión, que data de 1966, que autoriza el desalojo tras el vencimiento de una relación contractual y también en el caso de cualquier otro ocupante ilegítimo de predios de dominio público, según la consideración del organismo.Pero tanto el juez como el tribunal difirieron de ese criterio. Es que la propia ley establece que “en los casos en que se hubiere otorgado la concesión de inmuebles de propiedad del Estado (…) para el desarrollo de actividades lucrativas o prestación de servicios de esta índole o cualquier otra actividad u objeto, una vez vencido el plazo pactado o declarada su rescisión por la autoridad administrativa, el concesionario deberá restituir los bienes dentro del término de diez días corridos” y, en caso contrario, la autoridad competente, en este caso la Administración de Infraestructuras Ferroviarias, “podrá requerir a la Justicia el inmediato desalojo”.El asunto es que, en este caso, no existe “un título jurídico válido, que perdió vigencia por vencimiento de plazo o rescisión”, como lo establece la ley que invoca el Estado. Para ser más claros, la Cámara Federal –siguiendo la postura del juez–, señaló que “según constancias arrimadas a la causa por la parte actora (el Estado), y conforme surge de sus dichos, la ocupación por los demandados, de los terrenos ferroviarios en cuestión, no se originó en un título habilitante, por ello el caso no puede ser encuadrado en el supuesto contemplado en la ley de lanzamiento” y agregó que no corresponde la aplicación de la ley de lanzamiento “a situaciones de ocupación ilegítima originadas en conductas de hecho de particulares”, es decir, la intrusión de terrenos.Entonces, el organismo público debió promover una acción de desalojo ordinario.
Otra usurpación
No es esta la única causa por usurpación de terrenos en la zona de vías entre las Estaciones Gualeguay y Enrique Carbó: el 7 de agosto de 2013, un integrante de la Comisión Directiva del club Ferroclub Primer Entrerriano de Gualeguay denunció que personas desconocidas habrían usurpado parte de la línea ferroviaria. El fiscal Carlos García Escalada logró individualizar a tres personas como presuntos responsables y solicitó que sean llamados a prestar declaración indagatoria.
No es esta la única causa por usurpación de terrenos en la zona de vías entre las Estaciones Gualeguay y Enrique Carbó: el 7 de agosto de 2013, un integrante de la Comisión Directiva del club Ferroclub Primer Entrerriano de Gualeguay denunció que personas desconocidas habrían usurpado parte de la línea ferroviaria. El fiscal Carlos García Escalada logró individualizar a tres personas como presuntos responsables y solicitó que sean llamados a prestar declaración indagatoria.
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