jueves, 8 de septiembre de 2011

Tren Binacional Argentina-Uruguay

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Informacion para el pasajero

1. El presente boleto deberá ser conservado por el pasajero, pudiendo ser solicitado en cualquier momento del viaje por el Guardatren u otro empleado autorizado en el tren y/o en lugares de entrada/salida de los andenes. El boleto es válido únicamente para el día y hora de viaje estipulados en el mismo.

2. Indefectiblemente el pasajero deberá ACREDITAR SU IDENTIDAD con DNI o equivalente, tal cual figura en el boleto. No puede ser transferido a otra persona.

3. Se aceptan devoluciones de pasajes en las condiciones y con las deducciones que se indican a continuación:

a) Desde 24 horas anteriores y hasta 1 (una) hora antes de la salida del servicio: 30 %
b) Desde 48 horas y hasta 24 horas anteriores a la salida del servicio: 20 %
c) Más de 48 horas anteriores a la salida del servicio: 10 %
d) Traer DNI del titular del pasaje

4. La pérdida o extravío del pasaje adquirido no genera derecho a reclamo, devolución o reintegro alguno.

5. Este boleto otorga el derecho a transportar sin cargo, hasta 2 bolsos de mano por persona, con un máximo de 30 Kg. de peso en total.

6. Los niños menores de tres años no pagarán pasaje, pero no tendrán derecho a asiento. Los menores de 3 a 12 años pagarán la mitad del pasaje.

7. Verifique en el momento de la compra del boleto si la fecha, hora, destino y precio del pasaje abonado y otros datos son los correctos y de acuerdo a lo solicitado. Una vez retirado de ventanilla no habrá derecho a reclamo alguno.

8. El pasajero que adquiera un boleto con descuento, deberá viajar con documentación que acredite la bonificación, caso contrario corresponderá abonar la diferencia.

9. La Empresa no tendrá responsabilidad alguna por equipaje o efectos personales transportados por los propios pasajeros a bordo de la unidad.

10. En caso de demoras imprevistas en los horarios establecidos de salida o de arribo, de cualquiera de los servicios, la Empresa no responderá de modo alguno por cualquier daño o perjuicio que se pretenda interpelar.

11. La Empresa se reserva el derecho de admisión en los siguientes casos:

a) Personas en estado de ebriedad o bajo influencia de drogas o estupefacientes, llegando en su caso a hacer uso de la fuerza pública.
b) Personas que transporten armas, sustancias inflamables u objetos que perturben al resto del pasaje.
c) Objetos que pretendiendo ser enviados como equipaje puedan dañar al resto del equipaje de otros pasajeros o a la unidad.

12. Es prohibido viajar con animales vivos o muertos en los coches y furgones.

13. No se transportan electrodomésticos, ni muebles, ni motos, ni sustancias alimenticias.

14. En cumplimiento de las leyes vigentes: NO ESTA PERMITIDO FUMAR EN LOS TRENES.

15. Por tratarse de un servicio de transporte publico de pasajeros y no de sustancias alimenticias, no está permitido ascender a los coches con alimentos perecederos, excepto aquellos que por su moderada cantidad, sean de consumo personal durante el viaje

16. No se venderán pasajes a menores de 18 años sin la presencia de sus padres o mayor responsable, quienes deberán acreditar debidamente su identidad (DNI) y el vínculo con el menor (Libreta familiar, partida de nacimiento)

17. Los menores de 14 años no pueden viajar solos, deben hacerlo siempre acompañados de sus padres o de un mayor debidamente autorizado por ellos.

18. Los menores que sean mayores de 14 años pueden viajar solos, siempre y cuando cuenten con la autorización por escrito de sus padres.

Servicio

El Tren de los Pueblos Libres es un símbolo de la unión entre argentinos y uruguayos.

A partir del mes de octubre de 2011 las formaciones contarán con las siguientes características de confort para beneficio de los pasajeros.

• Capacidad para 140 pasajeros sentados
• Butacas reclinables
• Espacio reservado para personas con movilidad reducida
• Aire acondicionado
• TV digital
• Cámaras de seguridad
• Equipamiento de confort abordo para los pasajeros

El Tren de los Pueblos Libres

Tal como fue establecido en el Acuerdo de Transporte Internacional Terrestre (A.T.I.T.), adoptado como acuerdo de alcance parcial en el marco de la Asociación Latinoamericana de Integración (A.L.A.D.I.), la República Argentina y la República Oriental del Uruguay asumieron el compromiso de rehabilitar, reformar y expandir sus sistemas ferroviarios en pos de la integración y promoción del intercambio físico de personas y mercancías, entre ambos países. Compartiendo la necesidad de avanzar en materia de interconexión ferroviaria, los mandatarios de ambos países suscribieron el día 2 de agosto de 2011 la declaración de Buenos Aires, por la cual acordaron avanzar en un Plan de Acción para la rehabilitación del servicio de pasajeros de ambas redes. Contando con la Administración de Infraestructura Ferroviaria Sociedad del Estado (A.D.I.F.S.E.), para los aspectos vinculados a la infraestructura ferroviaria, y con la Operadora Ferroviaria Sociedad del Estado (S.O.F.S.E.), para la operación de servicios ferroviarios, por parte de la República Argentina, y con la Administradora de Ferrocarriles del Estado (A.F.E.), por parte de la República Oriental del Uruguay. La División Transporte de Pasajeros de del Gupo COMETRANS llevó adelante la reactivación del servicio ferroviario internacional entre Argentina y Uruguay, poniendo en marcha el “Tren de los Pueblos Libres”. El lunes 29 de agosto de 2011 se realizó el viaje inaugural del servicio, con un acto en la ciudad de Salto (Uruguay) al que asistieron la Presidenta de la Nación Argentina, Cristina Fernández de Kichner, y el Presidente de la República Oriental del Uruguay, José Mujica. Para la concreción de este servicio de pasajeros, COMETRANS realizó una inversión genuina adquiriendo diez duplas ferroviarias (formaciones compuestas de dos coches) en Holanda de origen alemán, con capacidad para 140 pasajeros cada una. Con este emprendimiento público-privado encabezado por COMETRANS, después de 26 años un tren argentino se transformó en binacional, cruzando el río Uruguay a través de la represa Salto Grande y uniendo suelo entrerriano con tierra uruguaya. El desarrollo de este proyecto comenzó el 30 de junio de 2011 cuando se realizó el viaje de prueba desde Buenos Aires hasta Montevideo, analizando las condiciones de vía y la viabilidad comercial de la traza. En una primera etapa el tren recorrerá 813 kilómetros desde la localidad de Pilar, en Buenos Aires, hasta Paso de los Toros, localidad ubicada a orillas del río Negro, justo en el centro geográfico del Uruguay. Tendrá paradas intermedias en Zárate, Basavilbaso, Villaguay, Concordia (en la Argentina) y en Salto y Paysandú, antes de llegar a destino, en Uruguay. La empresa Trenes de Buenos Aires (TBA), perteneciente al Grupo COMETRANS, es la operadora del servicio ferroviario del tren binacional Argentina - Uruguay.

COMETRANS

El grupo empresario COMETRANS (Consorcio Metropolitano de Transporte) está dedicado principalmente al transporte público de pasajeros, industria y servicios comerciales. Es un grupo conformado por empresarios con más de 50 años de experiencia en el sector. Actualmente tiene la responsabilidad de transportar anualmente 381 millones de pasajeros por ferrocarril y alrededor de 244 millones por autotransporte, empleando a más de 16.000 personas.

TBA

Trenes de Buenos Aires (TBA) es la operadora ferroviaria de la División Transporte de Pasajeros del Grupo COMETRANS. Tiene a su cargo la operación de las líneas Mitre y Sarmiento de la ciudad de Buenos Aires: una red de 400 kilómetros de vía con 96 estaciones. Desde sus inicios, en el año 1995, TBA se propuso recomponer el sistema ferroviario metropolitano, modernizando su flota e incorporando tecnología y confort a los usuarios. Actualmente pone en servicio más de 1.000 trenes diarios. Desde enero de 2005 Trenes de Buenos Aires S.A. participa en la operación de la Línea San Martín a través de la Unidad de Gestión Operativa Ferroviaria de Emergencia (UGOFE). La UGOFE fue creada a partir del Decreto 798/2004 del Poder Ejecutivo Nacional y la Resolución 408/2004 de la Secretaría de Transporte. A mediados de 2007, con los Decretos 591/2007 y 592/2007, el Gobierno Nacional ha sumado a la UGOFE la operación ferroviaria de las Líneas General Roca y Belgrano Sur.

Contacto

Dirección:
Av. Ramos Mejía 1358 Piso 3 C1104AJN
Ciudad Autónoma de Buenos Aires
República Argentina

Teléfono: (54-11) 4317-4400
E-mail: info@trenbinacional.com.ar

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